
El fiscal general del Estado ha filtrado a la prensa información confidencial del novio de Ayuso
Es verdadera la afirmación de que el fiscal general del Estado filtró a la prensa información confidencial del novio de Ayuso

Respuesta
Existen múltiples argumentos y pruebas que respaldan la afirmación de que el fiscal general del Estado filtró información confidencial del novio de Ayuso. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha notificado la sentencia que condena por revelación de datos reservados al entonces fiscal general del Estado en ejercicio, Álvaro García Ortiz, por la filtración del correo electrónico del abogado de Alberto González Amador y por la nota de prensa emitida por la Fiscalía . Específicamente, el Tribunal Supremo ha condenado a Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado, una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros a González Amador . La sentencia destaca que García Ortiz quebrantó un “reforzado deber de reserva y confidencialidad” que pesaba sobre él, incluso en un contexto de alta polémica pública [2,3]. El contenido del correo electrónico filtrado, que se envió en el marco de negociaciones para una posible conformidad penal, planteaba el reconocimiento de delitos fiscales y ajuste de penas, y se consideraba protegido por la confidencialidad propia de la relación abogado-Fiscalía . La nota de prensa emitida por la Fiscalía Provincial de Madrid el 14 de marzo de 2024, de la cual el propio fiscal general reconoció haber elaborado junto a su equipo, incluía datos personales de González Amador [5,6]. Esta nota de prensa fue precisamente lo que González Amador y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) denunciaron, y fue la causa por la que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid abrió diligencias contra los fiscales Julián Salto y Pilar Rodríguez . Los jueces al abrir diligencias indicaron que "debe indagarse si se ha excedido el límite del derecho a la información del Ministerio Público" . Además, el juez envió la causa al Tribunal Supremo para que el fiscal general fuera investigado, señalando que el comunicado "contó con el explícito consentimiento e indicaciones, incluso con el apremio, de la Fiscalía General del Estado" . El ICAM, a través de su decano Eugenio Ribón, expresó la "honda preocupación" y el "desconcierto absoluto" que generó la difusión de dicha nota de prensa en la abogacía . La sentencia del Supremo también reprocha los "tintes exageradamente tremendistas" que usó González Amador, pero reconoce que "el contenido de ese mail nunca debió hacerse público" y que "puede lastrar sus estrategias defensivas" . El hecho de que distintos periodistas conocieran esta información no rompe “el deber de confidencialidad” del fiscal general sobre informaciones que pueden “comprometer el derecho a la presunción de inocencia” . La querella de Alberto González Amador contra el fiscal general del Estado por difusión de datos reservados ha llevado a esta condena [1,9].
En contraposición, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ofreció una versión para refutar la acusación de haber filtrado información. García Ortiz argumentó que la nota de prensa buscaba contrarrestar un bulo . Esta explicación fue presentada en el juicio ante el Tribunal Supremo, donde declaró para defenderse de la acusación de revelación de secretos [9,10]. Sin embargo, los magistrados del Supremo consideraron que, a pesar de este argumento, cometió un delito . La sentencia no fue unánime, contando con el apoyo de cinco magistrados a favor de la condena y dos votos particulares en contra . A pesar de los argumentos de García Ortiz, el Tribunal Supremo dictaminó que sobre él pesaba un “reforzado deber de reserva y confidencialidad que quebrantó sin justificación” .
Con base en la evidencia proporcionada, la afirmación de que el fiscal general del Estado ha filtrado a la prensa información confidencial del novio de Ayuso es verdadera. La condena del Tribunal Supremo a Álvaro García Ortiz por revelación de datos reservados, junto con la inhabilitación para el cargo y la multa impuesta, constituyen una prueba contundente [1,2,6]. La sentencia subraya que el fiscal general quebrantó su "reforzado deber de reserva y confidencialidad" al autorizar la difusión tanto del correo electrónico como de la nota de prensa de la Fiscalía, la cual contenía datos personales y detalles sensibles sobre las negociaciones de conformidad penal [3,4,6]. Aunque García Ortiz alegó que su intención era contrarrestar un bulo, este argumento no fue suficiente para convencer a la mayoría de los magistrados, quienes dictaminaron que su acción constituyó un delito . El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) también manifestó su "honda preocupación" y "desconcierto absoluto" ante la actuación de la Fiscalía, lo que refuerza la percepción de una infracción . La condena es firme, y solo queda la vía del amparo ante el Tribunal Constitucional .
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